Papeleta de conciliación: cómo reclamar un despido paso a paso

¿Quieres reclamar tu despido y no sabes por dónde empezar? El primer paso no es el juzgado: es presentar una papeleta de conciliación en el servicio de mediación de tu comunidad autónoma. Tienes 20 días hábiles desde el despido y es gratis.

Cómo funciona la conciliación previa

Qué es y para qué sirve

Es un intento obligatorio de llegar a un acuerdo con la empresa antes de ir a juicio. Os citan a los dos en un organismo público y un conciliador os pregunta si hay acuerdo. Si lo hay, se firma y se cumple. Si no, puedes presentar la demanda en el Juzgado de lo Social.

Muchos despidos se resuelven aquí. Es habitual que la empresa reconozca la improcedencia y pague la indemnización para evitarse el juicio.

Dónde se presenta

En el servicio de mediación, arbitraje y conciliación de tu comunidad autónoma. Según dónde vivas se llama SMAC, CMAC u otro nombre parecido. La mayoría permiten presentarla por internet con certificado digital o Cl@ve, y también en su registro en persona.

Busca en la web de tu comunidad «papeleta de conciliación» y suele aparecer el formulario oficial.

Qué tienes que poner

  • Tus datos y los de la empresa, con su CIF y domicilio.
  • Tu categoría, tu antigüedad y tu salario bruto, incluyendo la parte de las pagas extra.
  • La fecha del despido y el tipo que te comunicaron.
  • Lo que pides: que se declare improcedente o nulo, y las cantidades que te deban.

No hace falta explicarlo todo con detalle jurídico. Pero lo que no pongas aquí, luego es difícil añadirlo en la demanda, así que incluye todo lo que reclamas.

Cómo se cuentan los 20 días

Empiezan el día siguiente a la fecha de efectos del despido. No cuentan sábados, domingos ni festivos. Al presentar la papeleta, el plazo se suspende, y se reanuda al día siguiente del acto de conciliación, o a los 15 días hábiles si no llega a celebrarse.

Por eso conviene presentarla pronto: los días que gastes antes de presentarla son los que te faltarán luego para la demanda.

El día de la conciliación

Es un acto breve, de unos minutos. Puedes ir solo o acompañado de un abogado, un graduado social o alguien de tu sindicato. Hay tres resultados posibles:

  • Con avenencia: hay acuerdo. Tiene la misma fuerza que una sentencia, y si la empresa no paga puedes ejecutarlo en el juzgado.
  • Sin avenencia: no hay acuerdo. Te dan un acta y presentas la demanda en el juzgado.
  • Intentada sin efecto: la empresa no se presenta. También puedes ir a juicio, y su ausencia puede costarle las costas.

Si no hay acuerdo, la demanda

Con el acta, presentas la demanda en el Juzgado de lo Social dentro de los días hábiles que te queden. Aquí sí es muy recomendable ir con un profesional. Si tus ingresos son bajos, puedes pedir abogado de oficio, y los trabajadores tienen justicia gratuita en la primera instancia.

Un ejemplo de cómo rellenarla

Los formularios cambian de una comunidad a otra, pero la parte importante, la de los hechos y lo que pides, suele quedar más o menos así:

HECHOS
1. Presto servicios para la empresa desde el 1 de abril
   de 2019, con categoría de [categoría] y salario bruto
   anual de 22.000 €, pagas extra incluidas.
2. El 15 de octubre de 2026 la empresa me entregó carta
   de despido objetivo con efectos del 31 de octubre,
   alegando causas económicas que no se acreditan.
3. [Otros hechos: no se puso a mi disposición la
   indemnización, el despido coincide con mi solicitud
   de reducción de jornada, etc.]

SOLICITO
Que se declare la NULIDAD del despido y, subsidiariamente,
su IMPROCEDENCIA, con las consecuencias legales.

Sé concreto con las fechas y el salario, porque se usarán para calcular la indemnización. Si también te deben dinero (horas extra, un plus), puedes añadirlo como petición aparte con su importe.

Guarda el justificante de presentación con la fecha y la hora. Es la prueba de que reclamaste dentro de plazo.

Dudas frecuentes

¿También sirve para reclamar dinero que me deben?

Sí. Horas extra, pluses o atrasos de convenio también se reclaman con papeleta de conciliación. En ese caso el plazo no es de 20 días, sino de un año desde que debieron pagártelo.

¿Tengo que pagar algo?

Presentarla es gratis. Solo pagas si contratas a un abogado o graduado social, y muchos cobran un porcentaje de lo que consigas.

¿Qué pasa si no voy a la conciliación?

Si no acudes sin una causa justificada, se tiene la papeleta por no presentada. Con el plazo de 20 días casi agotado, eso puede dejarte sin poder reclamar. Si no puedes ir, avisa y justifícalo, o manda a alguien con un poder.

¿Me conviene aceptar lo que me ofrezcan?

Depende de lo que te jugarías en el juicio. Si la empresa reconoce la improcedencia y paga los 33 días, normalmente es lo mismo que conseguirías ganando, pero antes y sin riesgo. Si te ofrece mucho menos, valora con alguien que conozca tu caso si merece la pena seguir.

¿El acuerdo afecta a mi paro?

Si el acuerdo reconoce la improcedencia y pagan indemnización, el paro no se toca. Lo que no conviene es firmar que te vas «de mutuo acuerdo» o de forma voluntaria, porque eso sí podría hacerte perder el paro.

¿Y si la empresa ha cerrado o no la encuentro?

Presenta igualmente la papeleta con el último domicilio que conozcas y el de su domicilio social, que puedes consultar en el Registro Mercantil. Si la empresa es insolvente, el Fondo de Garantía Salarial (FOGASA) puede pagar parte de la indemnización y de los salarios que te deban, con unos límites.

¿Hace falta conciliación en todos los casos?

En casi todas las reclamaciones contra una empresa privada, sí. Hay excepciones, como algunos procesos de vacaciones, de conciliación familiar o de tutela de derechos fundamentales. Si reclamas contra una administración pública, el paso previo es otro: una reclamación administrativa.

De dónde salen los datos

  • Ley Reguladora de la Jurisdicción Social, artículos 63 a 68 (conciliación previa) y 103 (demanda por despido).
  • Estatuto de los Trabajadores, artículo 59: plazos de 20 días hábiles para el despido y de un año para cantidades.

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