Horas extra: cuánto te las tienen que pagar y cuántas pueden pedirte

¿Te quedas más tarde casi todos los días y en la nómina no aparece nada? Cada hora que trabajas por encima de tu jornada es una hora extra, y la empresa te la tiene que pagar o compensar con descanso. Lo que no puede es quedársela gratis.

Las reglas de las horas extraordinarias

Qué cuenta como hora extra

Es cualquier hora que supera la jornada ordinaria. La jornada máxima legal son 40 horas semanales de media en cómputo anual, pero tu convenio o tu contrato pueden fijar menos. Si tu jornada es de 38 horas y trabajas 40, esas 2 horas ya son extra.

Ojo con la palabra «media». Si tu jornada es irregular, puedes trabajar más una semana y menos otra sin que haya horas extra, siempre que al final del año salga la media.

El máximo: 80 al año

La ley pone un tope de 80 horas extra al año. No cuentan para ese límite las que se compensan con descanso en los cuatro meses siguientes, ni las que se hacen para prevenir o reparar daños urgentes.

Si te piden más de 80 pagadas, la empresa está incumpliendo y la Inspección de Trabajo puede sancionarla. Los menores de 18 años no pueden hacer horas extra de ningún tipo.

¿Son obligatorias?

Por regla general, no. Son voluntarias, salvo que tu convenio o tu contrato digan que tienes que hacerlas. En ese caso, negarte sin motivo podría tener consecuencias.

La excepción son las horas por fuerza mayor, como una avería grave o una inundación. Esas sí las tienes que hacer si te las piden. Y si trabajas a tiempo parcial, no puedes hacer horas extra salvo en esos casos de fuerza mayor: lo que se usa son las horas complementarias.

Cuánto te tienen que pagar

Lo fija tu convenio, con un mínimo: la hora extra no puede pagarse por debajo de lo que vale una hora normal. Muchos convenios la pagan algo más cara, y otros dan a elegir entre cobrarla o compensarla con tiempo libre.

Un ejemplo: si cobras 20.000 € al año y tu convenio fija 1.780 horas anuales, tu hora ordinaria vale unos 11,24 €. Diez horas extra al mes serían, como mínimo, 112,36 € brutos. Si el convenio no dice nada, la norma es compensarlas con descanso en los cuatro meses siguientes.

Tienen que aparecer en la nómina

Las horas extra pagadas van en la nómina, en un concepto aparte, y cotizan a la Seguridad Social. Eso tiene una ventaja que poca gente conoce: suben tus bases de cotización y cuentan para tu paro y tu pensión.

Si te las pagan «en negro», fuera de la nómina, pierdes esa cotización y no tienes forma de demostrarlas después. Además, la empresa tiene que darte un resumen de tus horas extra junto con la nómina.

El registro de jornada es tu prueba

Desde 2019, todas las empresas tienen que registrar cada día a qué hora empiezas y terminas, y guardar esos registros cuatro años. Tienes derecho a consultarlos.

Si haces muchas horas extra y no te las pagan, pide una copia de tu registro y apunta tú también tus horarios: fotos del fichaje, correos enviados tarde o mensajes. Todo sirve como prueba.

Cómo reclamar las que te deben

Primero, por escrito a la empresa, con tus cuentas. Si no responde, puedes denunciar ante la Inspección de Trabajo o presentar una papeleta de conciliación para reclamar la cantidad.

Tienes un año desde que debieron pagártelas. Pasado ese plazo, las pierdes. Si estás pensando en irte, reclama antes, porque luego cuesta más reunir pruebas.

Errores que te hacen perder dinero

No apuntar tus horas. El registro de la empresa a veces no refleja la realidad, sobre todo si se ficha la salida y luego te quedas. Lleva tu propio registro con la hora real de entrada y salida, aunque sea en una nota del móvil con fecha.

Aceptar «ya te lo compensaremos». Si la compensación es con descanso, tiene que hacerse en los cuatro meses siguientes. Pasado ese plazo sin descanso, esas horas se tienen que pagar. Pide que te digan por escrito cuándo vas a disfrutar ese tiempo.

Esperar a irte para reclamar. Como el plazo es de un año, las horas de hace dieciocho meses ya no se pueden reclamar. Si haces horas de forma habitual, revisa cada pocos meses que te las estén pagando.

Confundir horas extra con jornada irregular. Antes de reclamar, mira si tu convenio permite distribuir la jornada de forma irregular a lo largo del año. Si es así, puede que esas horas se compensen con semanas más cortas y no sean extra.

Dudas frecuentes

¿Las horas extra pagan más IRPF?

No tienen un IRPF especial. Se suman a tu sueldo del mes y se les aplica tu tipo de retención normal. Si haces muchas a lo largo del año, la empresa puede regularizar y subirte la retención en los meses siguientes, porque tu sueldo anual será mayor de lo previsto.

¿Qué diferencia hay con las horas complementarias?

Las complementarias son las que hace quien tiene contrato a tiempo parcial por encima de sus horas pactadas. Tienen que estar previstas en un pacto por escrito, se pagan como horas normales y tienen sus propios límites, que fija el convenio.

Me dicen que tengo un sueldo «con disponibilidad total». ¿Pierdo las extras?

Un plus de disponibilidad no puede convertirse en una forma de no pagar horas extra que superan los límites legales. La jornada máxima sigue existiendo y el registro horario también. Si el plus no cubre las horas que haces, puedes reclamar la diferencia.

¿Cuentan para el paro?

Para la base del paro y de la baja por enfermedad común, no. Para la baja por accidente de trabajo, sí, porque se suma la media de horas extra del año anterior. Y como cotizan, también cuentan para tu pensión.

De dónde salen los datos

  • Estatuto de los Trabajadores, artículos 34 (jornada y registro horario), 35 (horas extraordinarias), 12.4.c (tiempo parcial) y 59 (plazo para reclamar).
  • Real Decreto-ley 8/2019: obligación de registro diario de jornada.

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