¿Se casa tu hermano, operan a tu madre o te mudas de piso? Hay situaciones en las que puedes faltar al trabajo sin perder sueldo, solo con avisar y justificarlo. Son los permisos retribuidos, y tu convenio puede ampliarlos pero nunca recortarlos.
Los permisos que te da la ley
Matrimonio o pareja de hecho: 15 días
Por tu boda o por registrarte como pareja de hecho tienes 15 días naturales. Se suelen coger a partir del día de la boda, aunque muchos convenios permiten moverlos unos días antes o después.
Es tu boda, no la de un familiar. Para la de un hermano o un hijo, la ley no da permiso, aunque algunos convenios sí conceden un día.
Accidente, enfermedad grave u hospitalización: 5 días
Si tu pareja o un familiar hasta segundo grado (padres, hijos, abuelos, nietos, hermanos y los de tu pareja) tiene un accidente o una enfermedad grave, está hospitalizado o le operan sin ingreso pero necesita reposo en casa, tienes 5 días.
También vale para cualquier persona que conviva contigo y necesite tus cuidados, aunque no sea familiar. No hace falta cogerlos seguidos: puedes usarlos mientras dure la hospitalización.
Fallecimiento: 2 días, o 4 si tienes que viajar
Si fallece tu pareja o un familiar hasta segundo grado, tienes 2 días. Si tienes que desplazarte a otra localidad, se amplían a 4.
Muchos convenios dan más días o los extienden a tíos y primos. Míralo, porque en un momento así no apetece pelearse con recursos humanos.
Mudanza: 1 día
Por cambiar de domicilio habitual tienes un día. Solo cuenta si es tu casa de verdad, no una mudanza a la segunda residencia. Te pueden pedir el empadronamiento o el contrato de alquiler.
Fuerza mayor familiar: horas que suman 4 días al año
Desde 2023 puedes ausentarte por motivos familiares urgentes e imprevisibles, como que tu hijo se ponga enfermo en el colegio o una avería grave en casa de un familiar mayor. El límite son horas equivalentes a 4 días al año.
Este permiso se paga según lo que fije tu convenio o un acuerdo en la empresa. Tienes que justificar el motivo cuando sea posible.
Otros permisos que también se pagan
- El tiempo indispensable para un deber público y personal, como votar, ser miembro de una mesa electoral o acudir a un juicio como testigo.
- El tiempo para exámenes prenatales y clases de preparación al parto, y para los trámites de adopción o acogimiento.
- Hasta 4 días si no puedes llegar al trabajo porque las autoridades lo prohíben o hay un riesgo grave, como pasó con la DANA de Valencia. Si dura más, el permiso se alarga.
- El tiempo para las pruebas previas a donar órganos o tejidos.
Se cuentan en días laborables
En diciembre de 2025, el Tribunal Supremo confirmó que los permisos se disfrutan en días en que tendrías que trabajar. Si tu madre ingresa en el hospital un viernes, los 5 días no se te van en el fin de semana: empiezan el primer día laborable.
La excepción es el de matrimonio, que la ley fija en días naturales. Y si tu convenio decía otra cosa peor, ya no vale.
Cómo pedirlos
Avisa a la empresa con la antelación que puedas y guarda el justificante: el libro de familia, el informe del hospital o el certificado de defunción. No hace falta pedir permiso, sino avisar: es un derecho, no un favor.
Si te lo niegan o te lo descuentan de la nómina, reclama por escrito. Y si tienes hijos pequeños, mira también el permiso por nacimiento y la reducción de jornada.
Un ejemplo de cómo se cuentan
Tu padre ingresa en el hospital el jueves por la noche y trabajas de lunes a viernes. Tu permiso de 5 días empieza el primer día que tendrías que trabajar, el viernes, y sigue el lunes, martes, miércoles y jueves siguientes. El fin de semana no te consume días.
Si le dan el alta el martes pero necesita reposo en casa, puedes seguir usando los días que te quedan. Y si tu convenio dice que el permiso empieza «el día del hecho causante», desde la sentencia del Supremo de 2025 eso no puede hacer que pierdas días en jornadas que no trabajabas.
Lo que suelen mejorar los convenios
- Días extra por fallecimiento o enfermedad de familiares de tercer grado, como tíos o sobrinos.
- Un día por la boda de un hijo o un hermano.
- Horas pagadas para acompañar a un hijo o a un familiar mayor al médico.
- Días de asuntos propios, que puedes coger sin justificar el motivo.
Antes de pedir un permiso, busca en tu convenio el artículo de «licencias» o «permisos retribuidos». Es muy común tener derecho a más de lo que crees.
Dudas frecuentes
¿El permiso por hospitalización vale para un parto?
Si el parto requiere hospitalización de tu pareja, sí, puede dar derecho a los 5 días. Pero el progenitor ya tiene su propio permiso por nacimiento, así que en la práctica se usa ese. Algunos convenios regulan expresamente cómo se combinan.
¿Si el permiso cae en mis vacaciones, lo pierdo?
Los permisos sirven para ausentarte de días en que tendrías que trabajar. Si el hecho ocurre durante tus vacaciones, en principio no se recuperan, salvo que tu convenio diga otra cosa. Distinto es si te pones de baja tú: entonces sí recuperas las vacaciones.
¿Y el permiso parental de 8 semanas?
Existe, pero es otro: puedes ausentarte hasta 8 semanas para cuidar a tu hijo hasta que cumpla 8 años, de forma continua o a tiempo parcial. A diferencia de los de esta lista, la ley no lo hace retribuido, salvo que tu convenio lo mejore.
¿Me pueden pedir que recupere las horas?
No en los permisos retribuidos de esta lista. Si te piden recuperar las horas, en la práctica te están quitando el permiso. Lo único que pueden exigirte es que avises con tiempo y que lo justifiques.
De dónde salen los datos
- Estatuto de los Trabajadores, artículo 37.3 y 37.9, en su redacción vigente en octubre de 2026.
- Tribunal Supremo, diciembre de 2025: los permisos retribuidos se disfrutan en días laborables.